Hasta hace un mes existían en México alrededor de 139 mil contratos colectivos de trabajo (CCT). Al día de hoy ya se cuenta con la lista actualizada del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL), que indica que únicamente hay 17 mil contratos legitimados y, por tanto, activos. Los CCT ya legitimados, los terminados y los que están en fila para consulta y valoración de su viabilidad de legitimación pueden revisarse en esta página del CFCRL.

Tal como se analizó en una entrega anterior de Revista Común, con la aprobación de la Reforma Laboral los sindicatos debían ser votados por parte de sus empleados o desaparecerían. Es así que, aún a la espera del 31 de julio, día en que se dará la conclusión de las legitimaciones que fueron registradas antes del 1.º de mayo, ha habido nuevos movimientos que muestran un panorama más claro. Se vuelve necesario problematizar el futuro por el que transitará la esfera del trabajo en México.

La abrumadora mayoría de los CCT no continuarán existiendo luego de la fecha límite. De acuerdo con las estimaciones más recientes, se terminará con un total de 34 mil contratos legitimados. Aún así, la realidad es que ni siquiera se ha pasado por el proceso de emitir la constancia para los contratos legitimados hasta el momento, y se espera que una importante proporción de éstos —entre el 40 % o 45 %— sean desechados en su revisión. En caso de cumplirse tal escenario se llegaría al 31 de julio con alrededor de 13 mil CCT legitimados, una cifra alarmante que presenta Saúl Peralta, de la Subdirección de la Dirección de Legitimaciones del CCT.

Los sindicatos no se han activado porque, entre otros factores, buena parte de los líderes de los sindicatos blancos nunca habían tenido contacto con sus afiliados, por lo que no saben cómo hacerlo. Se trata de sindicatos que ni siquiera cuentan con la documentación necesaria para llevar a cabo el debido proceso, como el INE o el CURP de sus afiliados. Su propia incapacidad para tomar contacto con quienes deberían representar es una clara muestra del carácter del sindicalismo que ha prevalecido en el país.

Lo que se encuentra de fondo es la manera en que México se desarrollará en su inserción a la división internacional del trabajo. Está en juego el mantenimiento de su rol como proveedor de fuerza de trabajo abaratada para el mercado mundial, particularmente en la relación con Canadá y Estados Unidos, pero también con respecto a China, en donde los salarios han ido en aumento en las últimas dos décadas. Se está dando por decreto y de forma inmediata un paso que ha sido característico de la flexibilización contemporánea del mercado laboral global, el paso de los contratos colectivos a las relaciones individuales de trabajo.

Consecuencias de la falta de legitimación de los CCT

De momento, la supuesta ventaja sería que, aun sin el CCT, se mantienen los mismos derechos que se tenían antes, con contratos individuales, con la evidente desventaja de que no se darán transformaciones en aquellos sectores en que urgen mejoras laborales. Ahora, en caso de que el contrato colectivo se dé por terminado, todas las personas empleadas conservan las mismas prestaciones, salarios y derechos de forma individual.

A pesar de que habrá una revisión para que se cumplan tales condiciones por parte de la Coordinación General de Verificación y la Inspección Federal del Trabajo (instancias de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social y el CFCR, respectivamente), la falta de un CCT puede desembocar en una pérdida de poder colectivo para impulsar mejoras en términos de salarios y condiciones laborales. No existe garantía alguna de que los derechos pactados en el CCT se cumplan, dado que México tiene una larga historia de incumplimiento de relaciones laborales y generación de contratos individuales fraudulentos.

También se pierde la posibilidad efectiva de reclamo. Si no se cumple una prestación, se debe demandar por la vía individual, pasando primero por un procedimiento conciliatorio y luego viendo si procede llevarlo a un tribunal. Cuando existe un CCT, por lo contrario, entra inmediatamente en los derechos de libertad sindical, el ejercicio de la contratación colectiva y el ejercicio de huelga. Se trata, en este último caso, de una vía mucho más rápida y efectiva para las personas trabajadoras.

Una salida progresiva para la clase trabajadora

El hecho de que no se estén legitimando los CCT no es por sí mismo algo negativo, ya que las actuales dirigencias cooptadas se revocarán de su cargo. La intención de transformar los CCT en contratos genuinamente negociados por nuevos sindicatos y apoyar la libertad de asociación es una tarea de primer orden. En otras palabras, la Reforma Laboral es un espacio de oportunidad que se abre para que los sindicatos que prevalezcan sean aquéllos que efectivamente tienen una vida activa y no sean meramente una forma de legitimar condiciones laborales precarias.

Se está, a su vez, ante un momento particularmente favorable para la consolidación de nuevas y genuinas organizaciones sindicales, considerando el bajo porcentaje de desempleo y las transformaciones progresivas que se han dado en términos de la regulación del outsourcing y el aumento de las vacaciones, sumado a la creciente cantidad de empresas que planean trasladar sus operaciones hacia México para beneficiarse de la cercanía a los Estados Unidos y los tratados comerciales.

Ante el escenario actual, y para la correcta implementación de las medidas que se pactaron en la Reforma Laboral del 2019, resulta de primer orden una respuesta planificada y consciente de las personas trabajadoras. Se trata de un arduo camino para obtener reconocimiento y negociar CCT que pongan un alto a la flexibilidad en el empleo, un camino que irá a contramano de los intereses patronales relacionados a impedir que, desaparecido el sindicato, se forme uno nuevo. Las transformaciones deben calar al interior de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), la cual debe adaptarse a los nuevos cambios y dejar de ser el epítome del charrismo sindical, cómplice en la degradación del salario.

Por último, es preciso denunciar ante las autoridades laborales cualquier violación a los derechos individuales o colectivos. Éste ha sido el caso de la empresa Goodyear, en la que sus trabajadores y trabajadoras denunciaron irregularidades en el proceso de votación y la autoridad laboral ordenó reponer la legitimación del contrato.[1]

Desde el Observatorio de Políticas y Prácticas Laborales (OPPL) y el Centro de Solidaridad, y gracias al foro que permite Revista Común para discutir estos temas, nos encontramos en la tarea de difundir información pertinente y actualizada para la mejora de las condiciones de trabajo y de vida de las personas trabajadoras en México, en el marco de la implementación de la nueva Reforma Laboral.


Notas

[1] Para ello se ha abierto la línea de comunicación ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) por medio del correo electrónico: inconformidades@centrolaboral.gob.mx.