Si en la primera década del siglo XXI (2000-2009) vimos la incorporación de los derechos indígenas a la Constitución General, en la década que acaba de terminar pudimos ver la forma en que diferentes pueblos originarios de México echaron mano de esa legislación y del convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para ejercer sus derechos. Este es un breve recuento de algunos de estos casos en la Península de Yucatán.

Constituidos en la Unión de Pobladoras y Pobladores,  en 2014 los mayas de Chablekal, Yucatán decidieron demandar al ejido de ese territorio ante las constantes irregularidades en la venta de los montes del pueblo. El principal cuestionamiento de los pobladores es la forma en la que la asamblea de ejidatarios, cooptada muchas veces por empresarios inmobiliarios, ha vendido los montes del pueblo sin mediar ni consultar ni promover la participación del resto de los pobladores sobre decisiones que afectan directamente a su territorio. Actualmente la Unión se encuentra en posesión de Misnebalam, uno de los últimos montes del pueblo.

En 2015 mayas de diferentes pueblos de Hopelchén, Campeche, obtuvieron a través de un amparo una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para detener la siembra de soya transgénica en su territorio hasta que no fueran consultados. El permiso había sido otorgado a Monsanto sin que los pueblos estuvieran informados de los impactos que esto podría causar en su territorio. La Suprema Corte ordenó realizar una consulta que se ha caracterizado por diversas anomalías, entre ellas la información sesgada y parcial a favor de la siembra de soya transgénica que diversas autoridades han dado a los pueblos. El proceso de consulta que inició en 2016 no ha finalizado. 

La decisión de un presidente municipal no es la decisión del pueblo, lo que quedó bastante claro cuando los mayas de Homún decidieron denunciar el proyecto de instalación de una mega granja porcícola en su territorio. El presidente municipal había otorgado en 2016 permisos sin consultar a los pobladores si querían que una mega granja se instalara en su territorio. Los mayas de Homún, organizados a través del comité “Kanan Ts’ono’ot”, realizaron una consulta en 2017 cumpliendo con todos los estándares internacionales sobre el proceso. En ella ganó el “no” a la megagranja. Sin embargo, las instancias jurídicas correspondientes se han negado a reconocer la decisión de los mayas de Homún, a pesar de que la misma Constitución del Estado de Yucatán reconoce el derecho a la libre determinación del pueblo maya en el artículo 7 bis.

Estos casos son apenas una muestra de lo difícil que ha sido para los pueblos originarios de la Península ejercer sus derechos. Esto es relevante porque la década terminó con una consulta ejecutada por el gobierno federal con motivo del Tren Maya. Al parecer, pese a todas las experiencias anteriores, esta consulta estuvo lejos de cumplir los estándares internacionales. Por ejemplo, fueron las autoridades municipales y las de los núcleos agrarios quienes fueron consultadas sin que mediara en muchos casos un proceso asambleario en los pueblos para nombrar representantes. Esta forma de realizar la consulta ha servido para repetir el discurso de que los mayas se encuentran de forma casi abrumadora a favor del tren; son también estas formas de tomar decisiones las que han sido impugnadas por el pueblo de Chablekal para el caso de la venta de montes y el de Homún para el caso de la instalación de la megagranja porcícola. 

No podría ser menos preocupante el panorama en la Península cuando los conflictos por el agua comienzan a agudizarse y las resoluciones de los tribunales favorecen a las empresas por encima de los derechos de los pueblos a decidir sobre su propio destino. ¿Será esta década que comienza la década en que los pueblos mayas puedan ejercer los derechos ya plasmados en las leyes mexicanas?